jueves, 5 de abril de 2012

Guarderías escolares.Derecho de ser educados a los niños pequeños.

Guardería
I. Balaguer / A. Boix / T. Majem / P. Odena
Propuesta de la guardería como un apoyo para los padres y un medio de enriquecimiento
para el niño Se parte de la controversia existente de
opiniones favorables y contrarias a las guarderías. Del análisis de la situación de las
guarderías, se deduce que la situación no es adecuada.

GUARDERÍA, SI O NO ?
Antes de convertirse en un servicio social, establecido y operante, la guardería ha sido y es todavía un
problema central, objeto de debate entre la sociología y la pedagogía.
Guardería sí, dicen los que ven en ella no solamente la solución práctica a los problemas familiares de las
madres trabajadoras, sino también un instrumento válido de promoción y desarrollo de la personalidad infantil, por
cuanto la guardería ofrece al niño un cuadro amplio de experiencias socializantes.
Guardería no, exclaman los que a partir de una concepción previa determinada, y basándose en determinados
estudios que hacen referencia al desarrollo psíquico del niño en los tres primeros años de vida, ven los resultados
negativos de algunas experiencias llevadas a cabo por instituciones que acogen a los niños de esta edad, y son
de la opinión de que las guarderías resultan nocivas para el desarrollo infantil porque rompen el vínculo madrehijo,
vínculo vital desde el punto de vista psicológico, y por lo mismo insustituible para una sana construcción de
la personalidad humana.
Examinemos, pues, los argumentos de unos y otros, de la manera más objetivamente posible, e intentemos
sacar unas conclusiones que nos aclaren y nos orienten.

LA MUJER CASADA Y EL DERECHO AL TRABAJO
El derecho de la mujer al trabajo extradoméstico es, sin duda, un derecho legítimo e inalienable en la misma
proporción en que resulta injusto el menosprecio tradicional de la mujer sometida al trabajo doméstico. Actualmente,
sin embargo, a la mujer casada se le tolera que continúe en el trabajo extradoméstico que ya realizaba de
soltera, con la condición de que cumpla también con las exigencias del trabajo doméstico.
Si ya la misma situación de hecho del matrimonio perturba a menudo este derecho al trabajo extradoméstico,
el nacimiento de un hijo no sólo perturba sino que transforma totalmente la lógica de este derecho: la madre tiene
que tener muy presente su derecho al trabajo, pero ante todo tiene que recordar el derecho del hijo a la madre.
Una legislación adecuada debería resolver estos problemas. Pero ¿acaso la ley modifica la mentalidad y las
costumbres, o son éstas las que modifican las leyes? La mujer se halla en situación de crisis, se tiene que demostrar
a sí misma y a los demás que es capaz de cumplir con todas, las funciones que se le atribuyen, las tradicionales y las
conquistadas en los últimos tiempos. Entra aquí en juego el nuevo papel del marido. El «ama de casa» actual tiene
problemas en lo que se refiere a su formación personal, a causa de la falta de contactos externos, que le impide
adquirir una formación encaminada hacia la educación del hijo. Esta incomunicación real con un mundo más
amplio puede comportar, en ocasiones, una situación de insatisfacción e incluso de neurosis en la mujer, que
repercute en la educación de los hijos. En tal caso, una suplencia temporal de la madre es necesaria para el buen
desarrollo del niño.
Actualmente, la crisis de la familia, los problemas ambientales de todo tipo, inclinan a pensar en la guardería
como en un apoyo para los padres y un medio de enriquecimiento para el niño.

EL NIÑO Y EL DERECHO A SER EDUCADO
Al niño hay que proporcionarle un bienestar físico, procurarle una alimentación adecuada, una higiene correcta
y una prevención o profilaxis contra las enfermedades y accidentes. Hay que velar por un buen desarrollo
psicológico del niño, valorando y estimulando su actividad autónoma, actividad que le permite acumular experiencias
y que favorece su desarrollo motriz, base del desarrollo intelectual. Para que la actividad autónoma tenga
valor, es importante que nazca del mismo niño y que el resultado que obtenga de ella le estimule a continuar siendo
activo; para él, ésta tiene que ser una fuente de satisfacción.
En cuanto a la educación del niño menor de tres años, además de velar por su salud física y psíquica hay que
pensar que tiene necesidad de relacionarse, necesidad que no se limita a los padres, y que tiene que poder ejercer
con los demás niños.
Esta educación, en un contexto de relación, el niño puede hallarla en la familia, en una vida de vecindad
común y, por supuesto, en la guardería, mejor dicho en la «llar d’infants» concebida como centro educativo para
los niños hasta los tres años.
LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS GUARDERÍAS. INTERROGANTES
Casi se puede decir que la situación actual de las guarderías es caótica. Caos que tiene su origen en la misma
legislación, donde no existe unidad de criterios entre los distintos ministerios que se ocupan de ellas. Por ejemplo:
El Ministerio de Educación no habla, en ningún apartado de la nueva Ley, del niño menor de 2 años. ¿Será
que no conviene educar a los más pequeños?.
¿Cómo es posible que tanto el Ministerio de Trabajo como el de Gobernación hablen de «Guarderías Infantiles
» como de instituciones que acogen a los niños hasta los seis años, cuando el Ministerio de Educación da
orientaciones concretas a partir de los dos años y considera esta edad como etapa preescolar?
¿Por qué el Ministerio de Trabajo, en lugar de decir cómo hay que atender a los niños, no protege a la mujer
trabajadora procurándole un período mayor de excedencia con ocasión del nacimiento de un niño?
La planificación, por otra parte, es nula. Conviene una redistribución de guarderías que cubra las necesidades
reales. Para tal planificación parece un criterio válido que las guarderías estén ubicadas en el lugar de residencia
de la familia y no en el lugar de trabajo de la madre. Y ello, tanto para evitar los grandes desplazamientos a los
que se ve sometido el niño la mayoría de las veces, como para poder establecer un contacto real con el barrio o el
ambiente de la vida del niño. La empresa es ajena a todos estos aspectos.
Las escasas subvenciones que existen, oficiales o privadas, son totalmente irrisorias.
Se tiene que tender hacia la gratuidad contando con una subvención notoria y formal de las guarderías,
puesto que son una necesidad suficientemente demostrada.
Si tal es la panorámica general de la situación de las guarderías, no hay ni que pensar en los niveles organizativos.
Por ejemplo: ¿qué formación recibe el personal? ¿Cuáles son, dónde están, los centros especializados en esta
formación?
Una gran parte de educadores de los niños hasta los tres años han cursado únicamente enseñanzas primaria,
aunque, esto sí, suelen tener dosis enormes de buena voluntad y una gran estimación por los niños. ¿Es suficiente?
Las escuelas departamentales de puericultura, dependientes del Ministerio de la Gobernación, son los centros
oficiales donde unas chicas «privilegiadas» (privilegiadas porque hay muy pocas escuelas y de plazas limitadas)
pueden cursar unos estudios en los cuales se hablará un poco de todo, excepto de... cómo educar al niño.
En el aspecto económico, algunas guarderías privadas sin finalidad de lucro (centros que en realidad están
ejerciendo una labor de suplencia, porque todos deberían ser oficiales) tienen graves dificultades para poder subsistir,
ya que el mantenimiento de un centro educativo de este tipo supone enormes gastos. Lo cual provoca,
automáticamente, cuotas elevadas, cuotas que sólo pueden pagar quienes, seguramente, menos necesitan la guardería
(familias económicamente potentes).
Los locales son a menudo irracionales, tanto por la falta de espacios libres, jardín o al menos terraza, como
por la poca ventilación o escasa iluminación, junto con la limitación de dimensiones con escasas dependencias.
Estos y otros aspectos materiales deficitarios son la causa de que la mayoría de las guarderías resulten inadecuadas.
ALTERNATIVAS AL CAOS
Creemos que el objetivo primordial de las guarderías es educar; por lo tanto, es claro y evidente que el
Ministerio de Educación y Ciencia debería ocuparse de esta etapa e incluirla, por tanto, en la Ley General de
Educación. Tenemos un antecedente en la Catalunya de 1936: el CENU, que había previsto en su plan de enseñanza
la educación de los niños hasta los tres años, en la etapa denominada a «Escola Bressol».
El Ministerio de Educación y Ciencia debería asumir algunos aspectos que actualmente tratan el Ministerio
de la Gobernación (sanidad) y el Ministerio de Trabajo respecto al niño de esta etapa; se debería planificar y
ordenar la situación de las guarderías, a partir de estudios sociológicos que por una parte tuviesen en cuenta la tasa
de población femenina y por otra la densidad de la población infantil distribuida por zonas, con unos criterios
generales válidos para todo el país, la planificación debería hacerse a nivel local y por las entidades locales correspondientes.
La creación de patronatos oficiales establecidos en las corporaciones locales: ayuntamientos y diputaciones,
con una ayuda económica estatal, o bien la formación de patronatos privados: cajas de ahorros, bancos, etc.,
podrían ser un primer paso hacia la estabilización y la gratuidad de las guarderías.
El objetivo principal de la guardería es la educación del niño de 1 a 36 meses. Los principios básicos de esta
educación están centrados en la vida del niño, en el desarrollo de su capacidad física, mental y relacional. Por ello
a cada momento y en todas las situaciones del niño importa valorar su estado de salud física:
- el desarrollo de la actividad autónoma como fuente de experiencias base del desarrollo motriz, intelectual
y personal;
- el establecimiento de una relación afectiva adecuada con el adulto y con los demás niños, capaz de fomentar
un desarrollo emocional correcto;
- el conocimiento de sí mismo y del mundo que le rodea.
Estos principios hay que tenerlos en cuenta todos ellos simultáneamente y todos por un igual, en cada una de
las actividades del niño.
Es indispensable una adecuada formación del personal. Los educadores de la primera infancia tienen en sus
manos la formación del futuro ciudadano. Por ello es necesario contar con un plan de estudios adecuado en donde
queden incluidos tanto los aspectos teóricos como prácticos de la educación del niño, con titulación oficial al
mismo nivel de la preparación que reciben los enseñantes de las etapas superiores (Parvulario, primera y segunda
etapa de EGB).
Indiscutiblemente, el personal de las guarderías tiene que estar integrado en el conjunto de los demás educadores,
en un tronco único valorado y respetado al mismo nivel que los demás aspectos.
Se debería insistir en este punto: los educadores que tienen a su cargo a los más pequeños tienen que ser los
educadores mejor preparados a todos los niveles. Desde el punto de vista organizativo, los educadores de las
guarderías deberían estar sindicados, junto con los demás enseñantes, con el fin de canalizar conjuntamente todas
las posibles reivindicaciones de todos los enseñantes en todas las etapas.
El local que tiene que acoger a los niños hasta los 3 años tiene que haber sido especialmente pensado para
que cumpla con esta función, desde todos los puntos de vista: situación, orientación, aire libre, ventilación, distribución
del espacio, prevención de accidentes, etc. En líneas generales, el local de la guardería tiene que ser un
pequeño núcleo en el que el niño se encuentre como en casa, pensando que tiene que fomentar al máximo las
relaciones personales, y en el que se respire un ambiente acogedor, tranquilo y armoniosamente estético.
No sólo el local tiene que ser adecuado, es necesario también un equipamiento material que responda a las
necesidades del niño y de los principios básicos de su educación. El material de juego es uno de los aspectos que
conviene cuidar más, en cantidad y en calidad, y sobre todo la aplicación adecuada de este material a las necesidades,
posibilidades e intereses de los niños en cada momento.
Conviene plantear la distribución del espacio dentro del edificio. Esta distribución de los niños puede variar,
según los criterios concretos que los educadores se propongan seguir. Como ejemplo, apuntamos dos alternativas:
una agruparía a los niños de la misma edad en salas distintas, especialmente pensadas para cada etapa. Las distintas
dependencias resultan de fácil acceso para el niño, que se mueve con mayor libertad por todo el local. La otra
posibilidad consistiría en agrupar en una sala a niños de edades distintas, compartiendo las actividades -dormir,
comer, etc.- en común.
El número de niños tiene que ser siempre reducido, para permitir un trato individualizado. En la primera
alternativa, y a título orientativo, propondríamos los siguientes grupos: seis lactantes pequeños, seis lactantes
mayores; diez niños medianos y quince niños mayores. Sin sobrepasar el número total de cuarenta niños por
guardería.
En la segunda alternativa, veinte niños con más de un educador.
En la actualidad, la guardería atiende a las necesidades de la madre trabajadora. Por tanto, el horario de
funcionamiento queda supeditado a esta premisa. En las circunstancias actuales resulta difícil pensar en un horario
adecuado a las exigencias del niño. El horario de la guardería responde a las necesidades de la madre, es decir, está
abierta de nueve a diez horas diarias. Lo cual no significa que el niño tenga que estar todas estas horas en la
guardería. La institución tiene que ofrecer una cierta flexibilidad de horarios, teniendo en cuenta las posibilidades
de los padres con relación a su trabajo.
Si bien la guardería puede estar abierta de ocho a doce horas diarias, el tiempo máximo que el personal
educador puede estar con el niño es de seis horas diarias. Se ha comprobado que sobrepasar este período de tiempo
comporta una mecanización del trabajo y, por lo tanto, una situación desfavorable e incluso nociva para el niño.
La guardería, como centro, tiene que estar abierta a los padres. Es decir, tiene que ofrecerles la posibilidad
de estar en ella algunos ratos para que puedan comprobar el trato que se da a los niños, las actividades que allí se
llevan a cabo, y puedan también contrastar con el educador las posibles dudas, así como conocer a los compañeros
de su hijo, etc. Además, la guardería tiene que ofrecer a los padres la posibilidad de adquirir y perfeccionar la
formación que les permita un mejor conocimiento y trato del niño, mediante seminarios, conferencias, cursillos,
etc.
Como en todos los demás niveles educativos, importa que la guardería se relacione con su realidad inmediata,
el pueblo o el barrio en donde está enclavada. Esta relación se puede establecer a través de los diferentes
estamentos (asociaciones de vecinos, etc.) existentes en la zona en donde la guardería está ubicada.
EL NOMBRE DE «GUARDERÍA»
Tras estas alternativas, a través de las cuales aparece una nueva misión o una concepción distinta de la
institución que tiene que atender a las necesidades sociales de la mujer trabajadora y al mismo tiempo tiene que
educar al niño de 1 a 36 meses, plantearíamos una propuesta respecto al nombre de dicha institución. ¿No es
posible cambiar el nombre de «guardería» por cualquier otro nombre que reflejase mejor todos los propósitos y
objetivos mencionados? Se la podría denominar «Escola Bressol» (Escuelas Cuna), o bien «Llar d’infants» (Hogar
infantil), como en otros países: «creches», en Francia, o «nidi», en Italia. El que en ningún caso nos parece adecuado
es, precisamente, el de «guardería», ya que limitarse a guardar a los niños es lo único que no hay que hacer en
estas instituciones. Y no hablemos de los «parkings infantiles», que si tal vez solucionan un problema a los padres,
los niños ni siquiera consiguen adaptarse.
Davidson: Las guarderías infantiles, Ed. Nova Terra, Barcelona, 1972.
Davidson-Maguin: Les crèches, ed. ESF, París.
Soulé: Les modes de garde des enfants de 0-3 ans, ESF, París, 1972.
Sullerot-Saltiel: Les crèches, Hachette, París, 1974.
Lézine: Propos sur le jeune enfant, Marne, París, 1974.
Balaguer-Boix-Odena: Com equipar una guardería infantil, «Quaderns d’Educació», Nova Terra,
Barcelona, 1974.
Textos Legislativos
-Resolución de la Dirección General de Sanidad, con fecha 11 de noviembre de 1968 (B. O. Prov.
Barcelona, febrero 4, 1969), en la que se publican las normas sanitarias vigentes.
-Orden del Ministerio de Trabajo, con fecha 18 enero 1972 (BOE 29 enero 1972), por la que se
aprueba la Reglamentación Nacional de Trabajo de las Guarderías Infantiles que dependen
de instituciones sin finalidad de lucro.
-Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, con fecha 27 Julio 1973 (BOE 4 agosto 1973), con
las orientaciones pedagógicas para la educación preescolar.
-Orden del Ministerio de Trabajo con fecha 12 febrero 1974 (BOE 15 febrero 1974) en la que se
dictan normas para la regulación y ayuda a las Guarderías Infantiles Laborales.
-Orden del Ministerio de la Gobernación (Dirección General de Asistencia Social) (BOE 25 noviembre
1974), por la que se convoca la concesión de ayudas a las guarderías.
-Nueva Resolución del Ministerio de la Gobernación (D. G. Asistencia Social) (BOE 25 abril
1975), por la que se vuelve a convocar la concesión de ayudas a guarderías.

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